Un nuevo aniversario del Colegio y la importancia de la independencia de poderes

En oportunidad de cumplirse el próximo 30 de septiembre, el 49° aniversario de la fundación del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Río Negro es propicio recordar que entre unos de los fines de la Institución se encuentra “el defender la independencia de la función Judicial respecto de los Poderes del Estado”. Ante manifestaciones públicas emitidas por integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo que ponen bajo sospecha la ecuanimidad de los magistrados, el Consejo Directivo recuerda que las resoluciones judiciales tienen una fundamentación legal y razonada, por lo tanto son de carácter jurídico y no político partidario.

La utilización que pueda hacerse de ellas, por cualquiera de las partes, escapa al conocimiento del Juez que la emite y corre por cuenta y riesgo de quien la interpreta.

Los jueces solamente resuelven frente a una concreta petición en un caso determinado.

Ante ello cabe recordar el artículo 196 de la Constitución de la Provincia de Río Negro, que establece:

“Corresponde al Poder Judicial el ejercicio exclusivo de la función judicial. Tiene el conocimiento y la decisión de las causas que se le someten. A pedido de parte o de oficio, verifica la constitucionalidad de las normas que aplica. En ningún caso el Poder Ejecutivo ni el Poder Legislativo ejercen dichas funciones ni se arrogan el conocimiento de las causas pendientes o restablecen las fenecidas”

Exhortamos al cumplimiento de las funciones constitucionales, evitando ataques personales para asi transitar hacia la anhelada paz social.-

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